EMPRESA
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CLIENTE
EMPRESA DE OBRAS CIVILES ERGUIN SUAREZ
CONTENIDO
1. INDUCCION
2.
OBJETIVÓ
2.1. OBJETIVÓ GENERAL
2.2. OBJETIVÓ ESPECÍFICO
3. DEFINICIONES
4. SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
/ PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL
5. ESTRATEGIAS DEL PROGRAMA DEL SISTEMA DE GESTIÓN
DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO- SG-SST
6. NIVELES DE RESPONSABILIDADES DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD
Y SALUD EN EL TRABAJO SG-SST
7. DIRECCION GENERAL
8.
SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
9. PROFESIÓN DE GESTIÓN
DE TALENTO HUMANO
10.
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL – COPASST
11. PROCEDIENDO PARA REPORTAR INCIDENTE
Y ACCIDENTE DE TRABAJO
12.
VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
INTRUDUCCION
La Seguridad y Salud en el Trabajo
actualmente representa una de las herramientas de gestión más importantes para mejorar la calidad de vida laboral
en las empresas y con ella su competitividad.
Esto es posible
siempre y cuando la empresa
promueva y estimule
en todo momento la creación de una cultura en seguridad y salud
ocupacional que debe estar
sincronizada con los planes de calidad, mejoramiento de los procesos y puestos de trabajo, productividad, desarrollo
del talento humano y la reducción de los
costos operacionales.
Es por ello que la empresa ERGUIN SUAREZ, tiene entre sus propósitos desarrollar el Sistema
de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST, con el fin de mejorar la calidad de vida
laboral, lograr una reducción de los costos generados
por los accidentes y las enfermedades laborales, mejorar la calidad de los servicios y ante todo generar ambientes sanos para los que allí
trabajan.
El interés es suministrar los recursos necesarios para
responder a las demandas de la
población trabajadora respecto a su salud y el medio ambiente laboral, así como para dar cumplimiento a la normatividad vigente.
El Sistema de Gestión
de Seguridad y Salud en el trabajo
SG-SST está orientado a lograr una
adecuada administración de riesgos que permita mantener el control permanente de los mismos en los diferentes oficios y
que contribuya al bienestar físico,
mental y social del trabajador y al funcionamiento de los recursos
e instalaciones.
El documento que se presenta a continuación refleja el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST para la empresa basado en las características específicas de su proceso y su actividad económica
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OBJETIVO GENERAL
Lograr que todos los trabajadores tomen conciencia de la buena higiene en el trabajo, y adopten las buenas posiciones a la hora de tomar una decisión. Para crear los buenos hábitos. Y para crear una buena empresa y lograr ser número uno a nivel regional y nacional.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
·
Contribuir para el desarrollo de la empresa
tener mejores oportunidades.
·
Tener autocuidado con la salud
de cada trabajador.
· Controlar los EPI de cada trabajador.
DEFINICIONES ACCIDENTE
DE TRABAJO
·
Es accidente de trabajo todo suceso
repentino que sobrevenga por causa o con ocasión
del trabajo, y que produzca
en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional
o psiquiátrica, una invalides o muerte.
· Es también accidente de trabajo aquel que se produce
durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
· Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratista desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
·
De igual manera se considera
accidente de trabajo el que produzca por la ejecución
de actividades recreativas, deportivas o culturares, cuando se actué por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria
cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentra en misión. Ley 1562 de 2012.
ENFERMEDAD LABORAL
· Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgos inherentes a la actividad laboral del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinara, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en que una forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la causalidad con los factores de riesgo ocupaciones será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales y vigentes. Ley 1562 de 2012.
FACTOR DE RIESGO
·
Todo aquello como elemento
o sustancia que encierre una capacidad potencial
de producir algún daño a la salud o a los bienes.
RIESGO
· La probabilidad de que ocurra un daño a los bienes o a la salud de las personas. Es la combinación de la probabilidad y las(s) consecuencias (s) de que ocurra un evento peligroso específico.
PELIGRO
· Es una fuente o situación con potencial de daño en términos de lesión o enfermedad, daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o una combinación de éstos. (NTCOHSA 18001).
RIESGO NO TOLERABLE
·
Riesgo que no se ha reducido a un
nivel que la organización puede soportar respecto
a sus obligaciones legales y su propia política de seguridad y salud ocupacional. (NTCOHSAS 18001).
IDENTIFICACIÓN DE PELIGRO
· Metodología que define el proceso para reconocer si existe un peligro y definir sus características.
EVALUACIÓN DE RIESGOS
· Proceso general de estimar la magnitud de un riesgo y decidir si es tolerable o no. (NTC-OHSAS 18001).
PANORAMA DE FACTORES DE RIESGOS
· Se entiende por panorama general de riesgos el análisis global del conjunto de factores de riesgo presentes en ambiente laboral.
FUENTE GENERADORA
· Se refiere a los procesos, objetos, instrumentos, condiciones físicas o psicológicas donde se origina los diferentes factores de riesgo.
GRADO DE RIESGO. (PELIGROSIDAD)
· Es un dato cuantitativo obtenido para cada factor de riesgo detectado, que permite determinar y comparar la agresividad de un factor de riesgo con respecto a los demás.
CONDICIONES DE TRABAJO Y SALUD
· Son el conjunto de factores relacionados con las personas y sus acciones, los materiales utilizados, el equipo o herramienta empleados y las condiciones ambientales que pueden afectar la salud de los trabajadores
HIGIENE INDUSTRIAL
·
técnicas que actúan con carácter esencialmente preventivos ante la posibilidad
de sufrir alteraciones de la salud por una exposición a agentes físicos, químicos y biológicos.
PROCEDIMIENTOS:
·
Identificación de los agentes de riesgos.
·
Medición de la exposición de los agentes
(concentración y tiempo a la exposición).
·
Valoración al riesgo
expuesto.
·
Corrección de la situación.
·
Controles periódicos.
SEGURIDAD INDUSTRIAL
· La Seguridad Industrial es el sistema de disposiciones obligatorias que tienen por objeto la prevención y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes capaces de producir daños a las personas, a los bienes o al medio ambiente derivados de la actividad industrial o de la utilización, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones o equipos y de la producción, uso o consumo, almacenamiento o rehecho de los productos industriales
MEDICINA DEL TRABAJO
·
Es
el conjunto de actividades médicas
y paramédicas destinadas a promover y mejora la
salud del trabajador, evaluar su capacidad laboral y ubicarlo en un lugar de trabajo de acuerdo a sus condiciones psicobiológicas.
SALUD OCUPACIONAL
Se entenderá a partir de la Ley 1562 de 2012 como Seguridad y Salud en el Trabajo, definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones del trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.
SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
· Condiciones y factores que inciden en el bienestar de los empleados, colaboradores y visitantes y cualquier otra persona en el sitio de trabajo de la organización.
EXPOSICIÓN
· Es la frecuencia con la cual las personas o la estructura entran en contacto con el factor de riesgo.
CRONOGRAMA
· Registro pormenorizado del plan de acción del programa, en el cual se incluyen las tareas, los responsables y las fechas precisas de realización.
AUSENTISMO
·
Condición de ausente del trabajo.
Número de horas programadas que se dejan
de trabajar como consecuencia de los accidentes de trabajo o las enfermedades profesionales.
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO / PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL
En
lo sucesivo a la Ley 1562 de 2012, se entenderá como el Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el
Trabajo SG-SST. Este sistema consiste
en el desarrollo de un proceso lógico
y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la
aplicación, la evaluación, la auditoría,
y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar, y controlar
los riesgos que puedan
afectar la seguridad y salud en el trabajo.
ESTRATEGIAS DEL PROGRAMA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO- SG-SST.
Para el desarrollo de dicha estrategia se requiere:
·
Establecer conciencia a todos los personales
internos de la entidad, sobre la importancia de la aplicación de los
procedimientos del desarrollo de cada una de las actividades a realizar.
·
Establecer
obligaciones y responsabilidades a cada uno de los funcionarios para implementar, al desarrollar
implantar las actividades que a bien se
establezcan - en Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo SG-SST.
·
El
COPASST debe realizar
auditorías internas, sobre el diseño eh implementación del sistema de gestión de la seguridad
y salud en el trabajo
–SG-SST.
·
Prestar atención, y entender y
aplicar todo lo aprendido en capacitaciones e
inducciones y sobre todo lo referente a normas y procedimientos seguros
y saludables, lo cual debe ser verificado por parte de los directivos y profesionales de la gestión.
· Tomar conciencia de la importancia de reportar los incidentes y accidentes ocurridos en el lugar de trabajo, en tiempo oportuno.
NIVELES DE RESPONSABILIDADES DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG-SST
El sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST operara dentro del marco organizacional de la entidad, acogiéndose dentro de los lineamientos generales de este, como las normas de ley existente. El orden a lograr un compromiso de los niveles del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo- SG-SST. Se establece las siguientes funcione
DIRECCION GENERAL
·
Establecer los objetivos y política relacionada con salud ocupacional.
·
Liderar el Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo SG- SST.
·
Asegurar el cumplimiento de las actividades del programa, apoyando
cuando se requiera, con la contratación de especialistas del área.
·
Comprometerse con el desarrollo
óptimo del programa de las actividades programadas,
en relación con salud ocupacional.
·
Asignar responsabilidades.
·
Tomar decisiones, especialmente en
lo que concierne en los recursos y presupuesto designado.
·
Vigilar y respetar el cumplimiento
de la legislación existente, representado ante
la entidad delante las autoridades competentes a la materia (Ministerio De Protección Social).
SUBDIRECCIN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA
· Asumir la dirección del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST asesorando a la Dirección General para la formulación de reglas, procedimientos administrativos, objetivos y en la solución de problemas en materias de Medicina Preventiva y del Trabajo, Higiene y Seguridad Industrial
·
Informar a la dirección
general sobre actividades y situaciones que se presenten
con la aplicación del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo
SG-SST.
·
Supervisar el cumplimiento de la
política de salud ocupacional, por parte de todos
los funcionarios.
·
Promocionar los beneficios del
sistema de gestión de la seguridad y salud en
trabajo SG-SST en todos los niveles
de la entidad, comenzando en su ejemplo
actitudes favorables al mismo.
·
Mantener un programa educativo y
promocional de salud ocupacional para los
funcionarios.
· Evaluar periódicamente la marcha del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST aquellas que sean asignada para el logro de los objetivos propuestos.
PROFESIÓN DE GESTIÓN DE TALENTO HUMANO:
· Coordinar y ejecutar el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo – SG-SST.
· Suministrar información de la accidentalidad, ausentismo y enfermedad profesional.
· Analizar y difundir información sobre cada subprograma y experiencias adquiridas a través de lesiones o perdidas, con el fin de que se tomen las medidas de prevención y control respectivas.
· Proponer mecanismo de evaluación para verificar el cumplimiento de las actividades de salud ocupacional.
· Participar activamente a las reuniones donde se traten temas de salud ocupacional.
·
Investigar problemas especiales de salud ocupacional e informar del resultado a la subdirección administrativa.
·
Mantener contante comunicación con entidades asesoras
en el tema y tomar parte activa en las actividades programadas por dicha organizaciones.
COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL – COPASS
De
acuerdo con lo establecido en el artículo 26 del Decreto 614 de 1984 y el artículo 11 de la Resolución 2013 de 6 de
junio de 1986, son funciones del
comité paritario de salud ocupacional.
· Participar de las actividades de promoción, divulgación e información, sobre medicina, higienes y seguridad industrial entre Directivos y Empleados, para obtener su participación activa en el desarrollo de los programas actividades de la salud ocupacional de la entidad.
· Actuar como instrumentos de vigilancia para el cumplimiento de los programas de la salud ocupacional en los lugares de trabajo de la entidad e informar sobre el estado de ejecución de los mismos a las autoridades de salud ocupacional cuando haya deficiencia en su desarrollo.
· Recibir copia, por derecho propio, de las conclusiones sobre inspecciones e investigaciones que realicen las autoridades de salud ocupacional en los sitios de trabajo.
· Proponer a la administración de la entidad la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan a los lugares y ambientes de trabajo.
· Proponer y participar en actividades de capacitación en salud ocupacional dirigidas a empleados y directivos de la entidad.
· Colaborar con los funcionarios de las entidades gubernamentales de la salud ocupacional en las actividades que adelanta la empresa y recibir por derecho propios los informes correspondientes.
· Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial debe realizar la entidad de acuerdo con el reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes, promover su divulgación y observancia.
· Colaborar con el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer al empleador las medidas correctivas que hayan lugar para evitar su ocurrencia. Evaluar los programas que se hayan realizado.
· Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, equipos aparatos a las operaciones realizadas por el personal en cada área o sede de la entidad e informar al empleador sobre la existencia de factores de riesgos y surgir las medidas correctivas y de control.
· Estudiar y considerar la sugerencia que presenta los funcionarios en materias de medicina, Higiene y Seguridad Industrial.
· Servir como organismo de coordinación entre los directivos y los empleados en la solución de los problemas relativos en la salud ocupacional. Tramitar los reclamos de los trabajadores relacionados con la salud ocupacional.
·
Solicitar periódicamente a la empresa informes
sobre accidentalidad y enfermedades profesionales con el objeto de dar cumplimientos a lo estipulado en la Resolución de 3013 de 1986.
· Siempre se reunirán e investigar de manera extraordinaria con el responsable del área respectiva, cuando ocurra un accidente o se detecte un riesgo inminente
Funcionarios
· Conocer y ejecutar, todo lo concerniente a procedimiento y formas para el buen funcionamiento de la Programación de Salud Ocupacional.
· Colaborar con sugerencias e inquietudes, para mejorar las condiciones existentes de trabajo y de calidad dentro de la entidad.
· Facilitar el trabajo de Área de Gestión, cuando se requiera.
· Evitar acciones inseguras o proporcionar condiciones peligrosas en los sitios de trabajo, lo mismo que informa de cualquier tipo de incidente y accidente presentado en el desarrollo de su trabajo.
·
Usar y mantener en un buen estado
los elementos de protección, equipos, herramientas
e instalaciones que proporcione la entidad.
· Cumplir estrictamente con las normas establecida y vigilar su cumplimiento por parte de los compañeros de trabajo.
·
Ser impulsores activos de sistema de
gestión d la seguridad y salud en el trabajo.
VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
Sistema
continúo de administración de información estratégica, tanto del ambiente Como de las personas, que sirven de base
para la orientación de las decisiones y las
acciones para el control de los factores
de riesgo y para el logro de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad
y Salud en el Trabajo.
PRESENTACION
YANETH HERRERA FLOREZ
III SEM TSST_ MODALIDAD VIRTUAL
INFORMATICA III

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